Préstamo a Mediano Plazo
El Préstamo a Mediano Plazo es una prestación económica personal que se otorga una sola vez al año a los trabajadores a lista de raya, empleados, jubilados y pensionados, cuyo objetivo es la adquisición de bienes de uso duradero para el hogar (bienes muebles de interés familiar o personal que garanticen plenamente el crédito) tendientes a incrementar el patrimonio familiar o a proteger el poder adquisitivo del salario o de la pensión.
Jubilados y Pensionados de la Caja de Previsión para Trabajadores a Lista de Raya del Gobierno de la Ciudad de México. Así como a los Trabajadores ó Empleados de base, que cotizan en la nómina 5 del Gobierno de la Ciudad de México (Trabajadores a Lista de Raya)
Trabajadores ó Empleados de base:
- Antigüedad mínima de un año un día de servicios cotizando a nómina 5.
- Último recibo de pago.
- Tener cubierto el 100% de su préstamo anterior.
- Credencial del Trabajador del Gobierno de la Ciudad de México vigente, la credencial de elector o credencial de identificación oficial vigente (cartilla, pasaporte, cédula profesional).
- Solo en préstamo de primera vez presentar original y copia de la constancia de nombramiento. (sp6)
- En su defecto: Para subsanar la falta de credencial de trabajador del Gobierno de la Ciudad de México, deberá presentar constancia actualizada como trabajador del Gobierno expedida por el área de adscripción.
- Presupuesto elaborado en hoja membretada por la casa comercial ó empresa donde se pretenda adquirir los bienes muebles.
- Comprobante de domicilio vigente (recibo de agua, teléfono, luz o predial) a nombre del derechohabiente o que la dirección corresponda a la registrada en su credencial de elector.
Jubilados y Pensionados:
- Último recibo de pago.
- Tener cubierto el 100% de su préstamo anterior.
- Credencial de Jubilado ó Pensionado vigente, la credencial de elector o credencial de identificación oficial vigente (cartilla, pasaporte, cédula profesional).
- Presupuesto elaborado en hoja membretada por la casa comercial ó empresa donde se pretenda adquirir los bienes muebles.
- Comprobante de domicilio vigente (recibo de agua, teléfono, luz o predial) a nombre del derechohabiente o que la dirección corresponda a la registrada en su credencial de elector.
Una vez cotejados se devolverán al interesado los documentos originales, (a excepción de la hoja membretada del presupuesto).
Quedándose en la Institución las copias que serán debidamente foliadas para el control y resguardo del expediente.
No se otorgara el préstamo a los solicitantes que se encuentren en alguno de los siguientes casos:
- Tenga licencia sin goce de sueldo.
- Con R.F.C, u homo clave incorrectos.
- Que se encuentre cubriendo algún interinato.
- Que esté en trámite de jubilación.
- Que haya causado baja del servicio.
- Que no tenga capacidad de pago.
- Que no cotice a nómina 5.
- Que no haya liquidado su préstamo anterior.
- Que esté sujeto a un proceso penal o se encuentre inhabilitado por una resolución judicial ó administrativa emitida por autoridad competente.
Todos los tramites son Gratuitos
Acudir en un Horario de 7:00 a 10:00 de la Mañana.
Con fecha 2 de mayo de 2019, el H. Consejo Directivo de la Caja de Previsión para Trabajadores a Lista de Raya del Gobierno de la Ciudad de México, autorizó los siguientes montos de préstamos:
Antigüedad
|
Importe del Préstamo |
1 año 1 día a 5 años |
$7,753.47 |
5 años 1 día a 10 años |
$9,474.81 |
10 años 1 día a 15 años |
$11,318.66 |
15 años 1 día a 20 años |
$13,282.90 |
más de 20 años 1 día |
$15,990.60 |
Jubilados y Pensionados |
$15,990.60 |
La entrega de los cheques se realizará en un plazo de 8 a 10 días hábiles a partir de la entrega de los requisitos, el horario de atención de la caja general para la entrega del cheque del préstamo a mediano plazo será de lunes a viernes en un horario de 10:00 a 13:00 horas.
Recuperación Ordinaria del Préstamo a Mediano Plazo
El pago de los préstamos a mediano plazo que otorga la institución se hará mediante abonos quincenales en el caso de los trabajadores y abonos mensuales para los pensionados. realizando estos descuentos en su nómina.
El plazo máximo que se concederá para liquidarlos será de 120 quincenas en ambos casos.
El monto de los descuentos al trabajador o pensionado por concepto de préstamos, no rebasara el 50% de su sueldo básico, o, en su caso , de la pensión concedida.
No podrá otorgarse nuevo préstamo mientras el contraído anteriormente no haya sido liquidado.
Recuperación del Préstamo a Mediano Plazo que se encuentre en Cartera Vencida
Al trabajador, empleado, jubilado ó pensionado que obtenga un préstamo a mediano plazo y a quien por error u omisión no se le hicieren los descuentos correspondientes, estará obligado a comunicarlo a la institución y a liquidar el importe de los adeudos anteriores. Para el caso en que los trabajadores, empleados, jubilados y pensionados incurran en mora, la Institución podrá dar por vencidos anticipadamente los plazos convenidos en los créditos otorgados y proceder al cobro de lo que adeudare el acreditado.
Articulo 104 -115 del Reglamento de Prestaciones de la Caja de Previsión para Trabajadores a Lista de Raya del Gobierno de la Ciudad de México.
Ubicación
Alcaldía Benito Juárez
Primer Piso en la Caja de Previsión para Trabajadores a Lista de Raya del Gobierno de la Ciudad de México
Entre eje 4 Xola y calle Toledo
Dirección:
Calle Castilla 186 Colonia Álamos,
Alcaldía Benito Juárez
Aclaraciones
El préstamo se otorga en forma directa a través de cheque emitido a nombre del comercio ó empresa en la que se realizará la compra.
La garantía de este tipo de préstamos estará constituida por los bienes objeto del crédito, por las facturas de ellos y las demás que se establezcan.