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Ayuda para gasto de prótesis

La Ayuda para Gasto de Prótesis será de anteojos, lentes de contacto, lente intraocular, aparato auditivo, dentaduras, puentes removibles o fijos, piernas, brazos, pies, manos articulares, silla de ruedas, bastones u otro aparato que mejore la funcionalidad de algún órgano en específico.

Jubilados y Pensionados de la Caja de Previsión para Trabajadores a Lista de Raya del Gobierno de la Ciudad de México.

Unidad Departamental de Bienestar Social de la caja de Previsión para trabajadores a Lista de Raya del Gobierno de la Ciudad de México

(55) 5590 5302, (55) 5590 5846, (55) 5590 8950 y (55) 5698 1300 Ext. 1270, 1120 y 1161



  1. ORDEN O CONSTANCIA MÉDICA OFICIAL Y/O PARTICULAR: En donde se establezca la necesidad física del Derechohabiente de utilizar alguna prótesis. Dicha orden deberá de ser en papel con membrete, sellada, con nombre, firma y cédula profesional del médico tratante, teniendo una vigencia de 6 meses a partir de la fecha de expedición.
  2. NOTA: La orden o constancia médica particular deberá contener el número telefónico del médico que la extienda.
  3. FACTURA: Que contenga el sello de pagado o la leyenda “Pago en una sola exhibición” y todos los requisitos fiscales de la casa comercial donde se adquirió el aparato o prótesis, señalando especificaciones y costo total a nombre del pensionado, (con R.F.C. del derechohabiente), con fecha posterior al dictamen médico y con vigencia únicamente en el año en que fue expedida, el porcentaje de la ayuda dependerá del monto total de la factura.
  4. RECIBO DE HONORARIOS: Solo en el caso de prótesis dentales.
  5. NOTA: La factura y el recibo de honorarios serán investigados respectivamente en la casa comercial donde se adquirieron y deberán presentarse sin alteraciones.
  6. IDENTIFICACIÓN: Credencial Única de Prestaciones y Servicios Vigente.
  7. ESTADO DE CUENTA BANCARIO: Deberá especificar Cuenta Clabe e Institución Bancaria.
  8. JUBILADOS O PENSIONADOS: La ayuda será de anteojos, lente intraocular, aparato auditivo, dentaduras, puentes removibles o fijos, piernas, brazos, pies, manos articulares, silla de ruedas, bastones, andaderos u otro aparato ortopédico especial que mejore la funcionalidad de algún órgano en específico.
  9. EL TRÁMITE SE REALIZARÁ UNA VEZ AL AÑO. - Una vez otorgada la ayuda de prótesis, tendrá que transcurrir un año un día para tener derecho nuevamente a esta prestación.                      Todos los trámites son Gratuitos

Aclaraciones

El trámite de la ayuda para la adquisición de prótesis se otorgará a partir del mes de Marzo y hasta Noviembre siempre y cuando se cuente con suficiencia presupuestal.

En caso de que los documentos presenten tachaduras, enmendaduras o alguna otra alteración no se realizará el trámite.

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